
Resolución N° 46.798 del 17/6/1993,que se ordenó cumplir por decreto respectivo del 25/2/94, publicada en el Boletín Municipal de la Ciudad de Buenos Aires el 10/3/94, N° 19.740, pág. 97.600: ¨Buenos Aires,17 de junio de 1993.
Art.1.El departamento ejecutivo, a través de los organismos técnicos correspondientes, intimará a los propietarios de confiterías, bares, restaurantes, salones de té, etc., de esta Ciudad para que, acorde a las disposiciones vigentes, liberen el uso de las instalaciones sanitarias para toda aquella persona que así lo solicite, haya o no efectuado consumición.
Art.2: Comuníquese, etcétera. Rolland. Jorge Ferronato. Resolución 46.798.
¨Buenos Aires, 25 de febrero de 1994.Cúmplase la resolución N° 46.798. Dése al Registro Municipal; gírese copia a la Dirección Gral. Legislativa del Honorable Concejo Deliberante; publíquese en el Boletín Municipal y para su conocimiento y demás fines remítase a la Subsecretaría de Inspección General. El presente decreto será refrendado por los señores Secretarios de Gobierno y de Hacienda y Finanzas. Fdo.Bouer. Francisco J.Paz.Julio C.Aguilar.¨

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